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1837ko abenduaren 10eko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/10
  • Azpizatia
  • 1837-12-10
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Han resuelto todos los referidos concurrentes nombrar una Comisión para que en nombre de esta Comunidad el deber a la Superioridad las solicitudes y reclamaciones a fin de conseguir que el suministro de la leña se efectúe por todos los pueblos de este Señorío incluyendo todos en las nivelaciones que se hagan en los distritos para que contribuyan a proporción a un peso a Cosme Damián Garay y Juan Bautista Ureta.

1837ko abenduaren 24ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/11
  • Azpizatia
  • 1837-12-24
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Se previene y manda hacer las elecciones de miembros de Justicia para 1838 y que hayan pruebas de su lealtad y adhesión a causa de nuestro Soberano Carlos V todo lo demás que se expresa en otra R.O. y su exclusión dieron principio por el orden siguiente: los referidos señores Pedro Antonio Emaldi y José Antonio Jauregui propusieron para fieles de 1838, a saber el primero para la parte de arriba a Ignacio de la Peixa, Bautista Amezola y José Arteta, y el segundo para la parcialidad de abajo Juan Zarandona, Juan José Arosegui y Juan Bautista Ureta. Salieron por primeros fieles y segundos los siguientes:
1º Juan Bautista Ureta.
2º Ignacio de la Peixa.
3º Juan José Arosegui.
4º José Arteta.
Y continuando en la elección de Mayordomo de Fabrica y Bulezos que deben suceder para 1838, se sacaron la boletas que quedaban en el sombrero, el nominado José Arteta, segundo fiel y para bulezos los enunciados Juan José Arosegui, segundo fiel y Bautista Amezola y la precedente elección fue aprobada en todas sus partes.

1837ko abenduaren 3ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/9
  • Azpizatia
  • 1837-12-03
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Habiéndose sacado a publica subasta de la sisa municipal de la taberna Padura para 1938 bajo la postura de 2500 reales quedo el remate como mejor postor Cosme Damián Garay con una puja de 2550 reales quien queda obligado al cumplimiento del remate bajo las condiciones que se han dado a entender.
Asimismo se ha sacado a igual remate el vencimiento de la taberna de Usansolo para 1838 bajo la postura de 5500 reales y ha sido causado dicho remate por Antonio Eguia con el aumento de 8 pujas de 6380 reales bajo las condiciones.
Se ha puesto en remate publico el vencimiento de la taberna de La Cruz para 1838 bajo la postura de 7000 reales y ha sido causado con aumento de 12 pujas por Juan Silvestre Aguirre en la cantidad de 8680 reales bajo las condiciones.
Se ha puesto en remate la tabla de la misma para 1838 con calidad que durante el ha de vender a diez cuartos de cada libra de carne fresca y bajo la renta de 600 reales, y de las condiciones establecidas y ha causado el remate Antonio Eguia con el aumento 19 pujas en la cantidad de 928 reales con inclusión de 100 reales de oferta hecha sobre dichas pujas.

1837ko abuztuaren 13ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/3
  • Azpizatia
  • 1837-08-13
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Habiendose sacado a publica subasta el monte arbolar Bequiaga propio de la administracion del Sr. Ugarte para pago de contribuciones que adeuda en las contribuciones impuestas para subvención a los suministros de la presente guerra que contiene 96 cargos de leña para reducir el precio de gastos.
Sacado a igual remate el monte arbolar Mugureza propio de José María Ugarte para pago de deudas de la procedencia en la cantidad de 5048 reales, ha sido rematado por Domingo Mugarza vecino de Bedia en la cantidad de 860 reales.
Que la justicias que han sido de esta en los últimos cuatro años formen los los estados de todas las deudas que se han contraído procedentes de suministros prestados a las tropas de ambos partidos según tiene ordenado la Diputación, para que adopte esta comunidad las disposiciones conducentes para reintegrar las citadas deudas.

1837ko abuztuaren 27ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/4
  • Azpizatia
  • 1837-08-27
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Solicitud presentada por Ceferino Ugarte relativa a los perjuicios en la casa carnicería con inclusión de las obras para reformar la tabla y habitación, se acuerda se le abone 342 reales.
Cuenta presentada por Manuel Iribar vecino de Lezama importante 3648 reales procedentes de ganados entregados para suministros a las justicias de 1834, 1835 y 1836, y han acordado se despache libramientos a favor del Sr. Iribar.

1837ko azaroaren 19ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/8
  • Azpizatia
  • 1837-11-19
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

El Sr. Jauregui ha expuesto que en la demanda que se sigue contra esta Anteiglesia a instancia de la representación de Pedro Ocerin ya difunto, sobre paga de 2000 reales de principal, y que hasta este día ascenderán las asignadas en otras causa a 900 reales, y que la viuda del Sr. Ocerin provea conceder un respiro de un año con tal de que pague esta anteiglesia y abone un interés regular, se ha convenido quede a cuenta y cargo del expresado Sr. Jauregui la satisfacción del citado principal quedando a beneficio de el los primeros plazos de las sisas de las tres tabernas propiedad de la Anteiglesia de 1838.
Para subvenir a las deudas que gravizan procedentes de suministros prestados y que exigen reintegro por las continuas reclamaciones que hacen diferentes acreedores, han acordado se imponga a la propiedad territorial una contribución de 100% arreglada a la estadística vigente.

1837ko azaroaren 1eko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/7
  • Azpizatia
  • 1837-11-01
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Ha resultado se impongan las contribuciones necesarias obteniendo la oportuna licencia y y anunciada del Presidente y Diputados Generales de este Señorío para que hagan los recursos y diligencias conducentes autoriza a Pedro Arana y Andrés Jauregui confiriéndoles todas las facultades hagan las gestiones que exija esta Comisión.
Aprobación de cuentas.

1837ko irailaren 11ko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/5
  • Azpizatia
  • 1837-09-11
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

Lectura de las cuentas producidas Juan José Arosegui como depositario en 1834, por Martín Abasolo como depositario que fue en 1835, y todos los Vocales han resulto nombrar una Comisión de revisiones para que sean reconocidos y examinados han elegido a por la parte de abajo a Sebastián Celaya y José Gorrochategui, por la parte de arriba Ramón Garay, Juan Antonio Zamacona a quien han autorizado para que representen esta Anteiglesia.
Se ha dado a entender una cuenta por Domingo Ameraga relativo a los tres destinos de Maestro, Organista y Sacristán que profesa en 1834 y 1835, que consta en la citada cuenta alcanza 2411 reales de los cuales de los cuales han ordenado otros Vocales se despache libramientos, de otra cuenta producida por Domingo Uriarte de servicios de bagajes y otras prestados de los años 1834 y 1835 importante 101 real, y han resuelto se desechen libramientos a su favor, otra de José Celaya procedentes de ocupaciones que tuvo en 1835 por mandado de la justicia que asciende 136 reales.
Ha expuesto el expresado José Antonio Jauregui que Pedro Gorrochategui se niega al otorgamiento de la escritura de venta de dos trozos de montes rematados el 14 de Agosto del próximo año pasado titulados Ereño errequeta y Uratza en la cantidad de 18869 reales y 4 mas, mediante carece de la diligencia de remate de otras ventas que se hallaba en el libro de decreto de anteriores y que otros señores locales hagan la aclaratoria correspondiente bajo las que verifico el remate para que el Secretario le provea al enunciado Sr. Fiel de copia determinada de la indicada aclaratoria enterados todos los señores han expuesto conformes a las condiciones y circunstancias que procedían al denotado remate fueron la que de la mitad de valor de otros dos trozos de monte satisfacía el rematante en el acto del otorgamiento de la escritura que había de formalizar y abonar cualquier crédito que tuviera el rematante.

1837ko urriaren 1eko ohiko bilkuraren akta

  • ES AMG-GUA 48960-1-1.2.-1.2.8. 3LLJND-CUSTODIA-4486/0-CUSTODIA-4486/6
  • Azpizatia
  • 1837-10-01
  • Parte izanGaldakaoko Udal Artxiboa

En atención a que Juan Zamacona nombrado en uno de los decretos acordados ha fallecido, nombran en su lugar a Manuel Madina y Juan Antonio Pérez, de esta localidad y Basauri para la revisión de las cuentas producidas por Juan José Arostegui y Martín Abasolo depositarios de los años 1834 y 1835, para que en unión con lo demás comisionados procedan a otra revisión y presenten su censura para su inteligencia y efectos conducentes.
Aprobación de cuentas.

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